AUXILIO ¿Se puede o NO se puede circular a 120 por hora?
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PEGASO.
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- 12 febrero, 2007 a las 23:00#178586
Anónimo
InvitadoEn la ficha tecnica de la mia pone 2448.- Furgón Vivienda
¿A qué velocidad máxima puedo ir?12 febrero, 2007 a las 23:00#178591lusco
ParticipanteMira, asi empezó Alonso, con preguntitas chorras y acabó conduciendo como le sale de los cataplines. Este pais esa así,. Celtiberia show . Pues nosotros igual.
12 febrero, 2007 a las 23:00#178592Victor4xt
ParticipantePara automóviles:
– En autopistas y autovías:
Turismos y motocicletas: 120 kilómetros por hora.
Autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables: 100 kilómetros por hora.
Camiones, tractocamiones, furgones, autocaravanas, vehículos articulados y automóviles con remolque
de hasta 750 kilogramos: 90 kilómetros por hora.
Restantes automóviles con remolque: 80 kilómetros por hora.
– En carreteras convencionales señalizadas como vías para automóviles y en el resto de carreteras
convencionales, siempre que éstas últimas tengan un arcén pavimentado de 1,50 metros o más de
anchura, o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación:
Turismos y motocicletas: 100 kilómetros por hora.
Autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables: 90 kilómetros por hora.
Camiones, tractocamiones, furgones, autocaravanas, vehículos articulados y automóviles con remolque:
80 kilómetros por hora
– En el resto de las vías fuera de poblado:
Turismos y motocicletas: 90 kilómetros por hora.
Autobuses, vehículos derivados de turismos y vehículos mixtos adaptables: 80 kilómetros por hora.
Camiones, tractocamiones, furgones, autocaravanas, vehículos articulados y automóviles con remolque:
70 kilómetros por hora.12 febrero, 2007 a las 23:00#178593Victor4xt
ParticipanteEstos datos estan sacados de los libros, que tenemos que estudiar los que algun dia queremos ser profesor de autoescuela.
12 febrero, 2007 a las 23:00#178613PEGASO
ParticipanteVICTOR asi es ,asi lo he visto yo ,pero como alguien a dicho que venga a 120 km vosotros primero haber que pasa ,ahora tu que sabes lo deberias pasar a ACPasion y LAPACA que son los defensores de sus elementos de acampada las AC,seguiria pero mejor es callar ,se aprende mas escuchando que hablando .un saludo #autocaravana# #caravana# #campers# #remoltienda# #pickups#
12 febrero, 2007 a las 23:00#178635leoweismuler
ParticipanteOle, Ole, Oleoleole,Oleole,Oleolé,Oleoleolé,Ole. A toa pastilla podré circular…
Podeis musicalizar con la salve rociera.
GRACIAS a Todos. Seré prudente y cumpliré las normas.Salud y Forza.12 febrero, 2007 a las 23:00#178393leoweismuler
ParticipantePues lo mismo que LUSCO, repito la pregunta ¿a que velocidad puede circular una AC.? No tiene la clasificacion M por tanto automovil?
12 febrero, 2007 a las 23:00#178652gordis05
ParticipanteEn otro foro si no recuerdo mal a un Sr. con AC a 120 Kms hora, lo sancionaron y le restaban 3 puntos.
abrazos.12 febrero, 2007 a las 23:00#178398leoweismuler
ParticipanteSr. Pegaso:
Ud. que me parece el VADEMECUN de los autocaravanistas, caravanistas, campistas, etc,.etc., puede lisa y llanamente sin entrar en R.D. aclararme/nos a que velocidad podemos circular.12 febrero, 2007 a las 23:00#178415lusco
ParticipanteMe parece que eso no lo sabe nadie…. jaja.
12 febrero, 2007 a las 23:00#178682leoweismuler
ParticipanteAy, Ay, Ay. !Mira que ya no canto vale?
13 febrero, 2007 a las 23:00#178847Type3willy
ParticipanteSólo hay una cosa clara: si vas con un furgón por autopista a 150 kms/h y te hacen una foto, vas a 50 kms/h más de lo permitido, y la sanción será de órdago.
14 febrero, 2007 a las 23:00#179057Ramsamo
ParticipanteHola Quincho, como en tu mensaje anterior has dicho que el 32(autocaravana) puede circular a la velocidad permitida en cada momento segun el tipo de via por la que circulas, ¿pero el 48 (3248) que significa? y ¿cada cuanto deveria pasar la itv?
Saludos para todos y gracias por tu informacion Quincho.
14 febrero, 2007 a las 23:00#179113PEGASO
ParticipanteSi es Furgón 24 menos de 3,5 tn y 48 vivienda ,debe pasar revisión a los dos años, de 2a 6 bienal ,de 6 a 10 años anual, pasando de 10 años semestral.
Si es autocaravana 32 #autocaravana# de menos de 3,5 tn
48 es vivienda, pasará la 1ª revisión a los 4 años ,de 4 a 10 años bienal ,mas de 10 años anual.la velocidad lo comentamos en otro momento.
#autocaravana# #caravana# #campers# #remoltienda# #pickups#14 febrero, 2007 a las 23:00#179125JOSERRA
ParticipantePEGASO,aquí en Castilla y Leon,desde Septiembre en que entró en vigor la modificación del Decreto,la periodicidad es la misma para un 2448 que para un 3248.Lo digo por experiencia.Mi AC es 2448 con 8 añitos en diciembre 2006.Pasé la ITV en septiembre 2006(estaba esperando la entrada en vigor del nuevo Decreto)y me dieron dos añitos..hasta septiembre de 2008.Antes de esa fecha me daban uno.Saludos
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