la dignidad de pernoctar
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FEDEFAST.
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- 3 enero, 2005 a las 23:00#34150
Gloria
ParticipanteEsto es para cargarse otra vez.
3 enero, 2005 a las 23:00#34151FEDEFAST
Participantey que lo digas
3 enero, 2005 a las 23:00#34152XCB
Participantepero no hay otro tema que no sea el de los derechos de las autocaravanas? esto ya apesta
3 enero, 2005 a las 23:00#34153Anónimo
InvitadoTened en cuenta que vuestra libertad termina donde empieza la del próximo. TRADUZCO YA QUE HAY MUCHO INCULTO: Si hay gente a la que le molesta ver AC pernoctando por las calles, debéis pernoctar en los lugares acondicionados para ello, y lamentablemente en este bendito estado estos lugares se llaman campings o resorts o ciudades de vacaciones que suena mejor.
:@
3 enero, 2005 a las 23:00#34154Gloria
ParticipanteY un carajo
3 enero, 2005 a las 23:00#34155fermin24
ParticipantePara los que se aburren y quieran culturizarse algo sobre como está el tema del estacionamiento en Francia…..
Normas de estacionamiento de Autocaravanas en FRANCIA
El estacionamiento de los autocaravanas
en la vía pública,
como método de alojamiento,
sobre el ámbito privado.
a tener en cuenta
fuentes oficiales
El estacionamiento de las autocaravanas es regulado por el código del tránsito rodado,
el código del urbanismo y el código general de la colectividad territoriales.
En efecto, el estacionamiento de los vehículos del tipo autocaravana puede generar, debido a su duración,molestias en la vía pública y en consecuencia en el territorio de los municipios con fuerte atracción turística.
Definición: Se considera como caravana para la aplicación del presente capítulo el vehículo o el elemento de vehículo que,
equipado para la estancia o el ejercicio de una actividad, conserva permanentemente de los medios de movilidad permitiéndole
desplazarse por sí mismo o ser desplazado por simple tracción > cifra del urbanismo
circular de 19 de octubre de 2004: NOR INTD0400127C
-1-EL ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS EN LA VIA PUBLICA:
El código del tránsito rodado preciso que los autocaravanas no podrían privarse del derecho al estacionamiento cuando son vacías y de día, pero que todo uso abusivo es sancionado por una infracción.
Si el interés de la seguridad o el orden público lo exige, los alcaldes
o los prefectos tienen derecho a prescribir medidas más rigurosas tanto en cuanto a circulación como de estacionamiento.
El alcalde puede pues, por orden municipal justificado :
– prohibir, a algunas horas, el acceso a algunas vías de circulación ;
– regular en zona urbana el paro y el estacionamiento
de algunas categorías de vehículos (autocaravanas/caravanas)
prohibición de colocar los días de mercado o prohibición
de estacionamiento nocturno in situ algunos
de 20 horas a 7 horas de la mañana por ejemplo.
Las necesidades locales de la circulación y la protección del medio ambiente pueden imponer tales restricciones
al estacionamiento.
Estas medidas restrictivas al estacionamiento deben sin embargo definir con precisión las características inherentes
a algunas categorías de vehículos como : anchura, superficie, longitud, etc.
-2-EL ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS COMO MEDIO DE ALOJAMIENTO:
Los alcaldes, en virtud de sus poderes generales de policía, no pueden decretar contra los todos autocaravanes
una prohibición general de colocar sobre el conjunto del territorio del municipio.
Sin embargo, el uso abusivo del autocara en estacionamiento en la vía pública y como método de alojamiento puede causar :
– ruidos nocturnos,
– la comercialización de aguas sucios,
– basureros,
– el presentación de objetos,
– la contaminación de la red de aguas pluviales por el derrame de los tanques de aseos químicos, etc.
Los alcaldes pueden pues prohibir el estacionamiento en algunas zonas especialmente sensibles.
«Deben no obstante preservar el derecho de los autocaravanes a un alto nocturno en cualquier lugar del territorio
del municipio por la adaptación de superficies especiales de etapas en borde de las zonas sensibles más expuestas».
-3-EL ESTACIONAMIENTO DE AUTOCARAVANAS EN EL AMBITO PRIVADO:
Las normas específicas a esta categoría de estacionamiento están incluidas en el código del urbanismo.
Los autocaravanas se asimilan a las caravanas.
Así pues, el camping y el estacionamiento de los autocaravanas – practicados aisladamente – están rigurosamente prohibidos :
– sobre las orillas del mar
– a proximidad inmediata de lugares clasificados o inscritos
– en un rayo de 200 metros de puntos de agua recogida para el consumo
– en las maderas, bosques, parques clasificados por el plan de empleo de los suelos (POS) como espacios enselvados que deben conservarse.
a tener en cuenta
el estacionamiento de los autocaravanas fuera de los terrenos arreglados se somete a las siguientes normas :
– autocaravana puede aparcarse libremente en los edificios, entregas
y sobre un terreno donde se encuentra la residencia del usuario ;
– todo estacionamiento fuera de terrenos arreglados por un período de tiempo superior a tres meses consecutivos o no requiere :
* para el proprietario o teniéndolo derecho de la parcela de obtener una autorización entregada por el alcalde
en nombre del municipio o en nombre del Estado,
* para el proprietario o teniéndolo derecho de declarar al ayuntamiento el empleo de una misma parcela por 6 autocaravanas.
En cambio, una autocaravana puede colocar
para más de 3 meses sobre un campo de camping-caravaning o superficies especiales
y exclusivas reservadas a los autocaravanas.
fuentes oficiales.
Sus derechos y gestiones:
Camping y caravaning: prohibiciones, precio, reclamaciones e información, seguro del camping, seguro de la caravana.
http://vosdroits.service-public.fr/ARBO/1905-NXVAL500.html
¿Cuáles son las normas de estacionamiento de un camping-autocar?
http://vosquestions.service-public.fr/fiche/1344.htm
otras fuentes:
todos los textos de leyes.
¿? Disposiciones relativas a los sitios reservados para los autocaravanes en los camping.
> http://www.legifrance.gouv.fr/WAspad/SardeUneRubriqueBase?num=66300000
Saludos..
3 enero, 2005 a las 23:00#34156keputxiano
ParticipanteTienes mas información aquí:
http://www.viajarenautocaravana.com/articulos/ayuntyautofrances.htm
4 enero, 2005 a las 23:00#34157XCB
Participantepara mi a nivel legal una AC es lo mismo que un coche mas caravana sin acampar, es decir, sin desplegar patas y todo eso.
No he visto nunca en ninguna ciudad un coche arrastarando una caravana aparcado, por lo que no entiendo tanta polemica. si no se puede, no se puede. El resto son intereses particulares basados en nada.
4 enero, 2005 a las 23:00#34158keputxiano
ParticipanteLuego segun tu a nivel legal un coche mas caravana sin acampar es lo mismo que una autocaravana sin acampar.
Una pregunta: ¿Una autocaravana nunca acampa?
4 enero, 2005 a las 23:00#34159XCB
ParticipanteObelix, lee bien mi mensaje, lo has interpretado mal.
Digo que una AC es lo mismo a nivel legal que un coche con una caravana enganchada.
Tu has visto en una ciudad un coche con la caravana enganchada aparcados en algun sitio? yo no.
4 enero, 2005 a las 23:00#34160Gloria
ParticipantePara sentido comun ¿Pero quien te ha contado a tí esa historia?, no tienes ni idea tio.
4 enero, 2005 a las 23:00#34161XCB
Participanteun amigo que trabaja en la DGT…
puede ser que yo no tenga ni idea, explicaselo a todos los sitios donde la policia local echa a las AC…..
4 enero, 2005 a las 23:00#34162Gloria
ParticipanteLa policia local echa a todo aquel que no tiene ni idea de cuales son sus derechos.
5 enero, 2005 a las 23:00#34163XCB
Participanteque derechos? los de todos los campistas? o quizas te refieres mejor dicho que derechos a intereses particulares?
5 enero, 2005 a las 23:00#34164Jorge
Participante¿Que haceis para que os echen de tantos sitios?
Feliz Año y mirar bien donde os meteis.
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